COMO IMPUGNAR EL VALOR DE REFERENCIA QUE AFECTA AL ITP?

  • hace 2 años
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Si tienes previsto comprar un inmueble tendrás que liquidar el impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Desde el pasado enero 2022, muchas fincas disponen de un valor de referencia catastral determinado, que en ocasiones es mayor que el precio real de la transmisión. En estos casos, debe liquidarse por este valor, pero se puede pedir la rectificación de la autoliquidación y la devolución de ingresos indebidos en la Agencia Tributaria de Cataluña.

Este año, el precio de venta de los pisos de segunda mano se encuentra con un cambio a la hora de la tributación. Hasta ahora se liquidaban los impuestos en función del precio de venta a la escritura, siendo un 10% en concepto del impuesto de transmisiones patrimoniales, pero desde el uno de enero de 2022, el ministerio de hacienda ha fijado un valor de referencia que determina por lo que debe tributarse, este dato se puede consultar en la página del catastro y se basa en las escrituras de compraventa del año anterior en cada zona.

Este valor a menudo no concuerda y es mayor que el precio de venta y obliga a tributar más. Siempre se puede adquirir el piso por debajo de ese precio medio, pero a hacienda no le es relevante porque ingresa los impuestos que desea.

En caso de que el comprador no esté de acuerdo en el valor marcado y que está por encima de lo que vale y por tanto que le sale a pagar más de lo que considera justo, deberá pagarse primero por lo que marca el impuesto y en cualquier caso interponer una reclamación a posteriori aportando pruebas que puedan demostrar que el inmueble tiene un precio inferior. El catastro analizará el caso según las pruebas aportadas y determinará si nos devoluciona lo pagado de más.

Contacta con nosotros y te ayudaremos a realizar la reclamación formal.

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