LEY DE BIENESTAR ANIMAL

  • hace 7 meses
  • 1

El pasado 29 de septiembre entró en vigor la Ley del Bienestar Animal. Quedan por concretar algunos puntos como el seguro de responsabilidad por daños a terceros o el curso de formación que deben realizar los propietarios de animales de compañía ya que todavía no se ha aprobado el reglamento que debe regular el seguro y el curso de tenencia de perros. Así, la ley se implementará, en un inicio, a medio gas.

Uno de los grandes puntos previstos en el reglamento es que los animales de compañía no podrán estar sin supervisión más de tres días consecutivos, menos en el caso de los perros, donde el plazo se reduce a un día. Además, tampoco se permitirá que los perros o gatos estén de forma sostenida en patios cerrados, terrazas o balcones. Así dejar un perro solo durante 24 horas o un gato tres días sin supervisión comportará multas de hasta 10.000 euros.

Los propietarios de animales domésticos que todavía miren hacia el otro lado cuando sus mascotas hacen sus necesidades, también tendrán que adquirir nuevos hábitos a la hora de sacar a la mascota al exterior. La ley prevé que deberá evitarse que «los animales depositen las heces y la orina en zonas de paso como fachadas, puertas o entradas a establecimientos». También tendrán que «retirarlos» o «limpiarlos con productos biodegradables».

También se limitará el número de animales domésticos que uno puede tener. Ahora sólo se podrá tener un máximo de cinco, salvo que se disponga de una autorización de los servicios municipales.

Se pone énfasis en que los animales deberán mantenerse en unas condiciones de vida dignas que garanticen su bienestar, derechos y desarrollo saludable e integrados en el núcleo familiar. Educar al animal con métodos que no provoquen sufrimiento o maltrato animal ni causen estados de ansiedad o miedo y no dejarlos solos dentro de los vehículos cerrados.

Estos entre otros son los rasgos más importantes de esta ley que debe acabar de implementarse con el siguiente gobierno central.

Comparar listados

Comparar
× Com et puc ajudar?